La Renta Dignidad es el pago mensual que recibe toda persona de 60 años o más que vive en Bolivia, tenga o no una jubilación. La cobran más de 1,2 millones de personas, y desde enero de 2026 el monto cambió para una parte de ellas.
Lo importante en dos líneas: si no tienes jubilación, cobras Bs 500 al mes. Si sí la tienes, cobras Bs 300. Abajo está el detalle y de dónde sale cada cifra.
Cuánto se cobra ahora
| Situación | Monto mensual | Al año |
|---|---|---|
| No recibe jubilación ni pensión contributiva | Bs 500 | Bs 6.000 |
| Recibe una jubilación o pensión | Bs 300 | Bs 3.900, con el pago adicional incluido |
El aumento vino del Decreto Supremo 5503, aprobado en diciembre de 2025 dentro del paquete de medidas económicas. Sumó Bs 150 a los Bs 350 que cobraba el grupo no contributivo, y dejó sin cambios a quienes ya perciben una pensión. El incremento se hizo efectivo desde los primeros días de enero de 2026.
Un punto que evitó muchas filas: la Gestora informó que no hace falta ningún trámite adicional para recibir el aumento, porque la base de datos de beneficiarios ya está consolidada.
Quiénes tienen derecho
Los requisitos son cortos y están en la Ley 3791:
- Tener 60 años cumplidos o más.
- Ser boliviana o boliviano con residencia permanente en el país.
- No percibir un salario activo en el sector público o privado.
- No ser accionista ni director de una entidad comercial registrada.
No hay que haber aportado nunca a un fondo de pensiones. Esa es la diferencia central con la jubilación: la Renta Dignidad pertenece al régimen no contributivo, es decir, se paga por edad y residencia, no por aportes. Cómo funciona el otro régimen lo explicamos en la nota sobre la jubilación y la Gestora Pública.
Dónde y cómo se cobra
El pago se hace en entidades financieras autorizadas, presentando la cédula de identidad original o el RUN. No lo cobra un tercero con una fotocopia.
Para quien tiene dificultades de movilidad existe el pago a domicilio: se solicita presentando un certificado médico y los datos de ubicación. Vale la pena saber que esa opción existe, porque muchas familias asumen que la única alternativa es cargar a la persona hasta el banco.
Si quieres confirmar tu situación o reclamar un pago, el canal es la Gestora Pública de la Seguridad Social de Largo Plazo, que administra el beneficio.
Cómo se financia, en simple
La Renta Dignidad no sale de aportes de los beneficiarios. Históricamente se financió con recursos del Impuesto Directo a los Hidrocarburos y con dividendos de empresas capitalizadas. Para cubrir el incremento de 2026, el Gobierno indicó que los recursos provienen de financiamiento externo y no del Tesoro General.
Ese detalle no es menor: un beneficio permanente financiado con una fuente puntual es exactamente el tipo de arreglo que conviene seguir año a año, porque la pregunta de cómo se paga el año que viene queda abierta.
No confundir con los bonos
Tres pagos distintos se mezclan seguido en la conversación:
- Renta Dignidad: mensual, permanente, por edad.
- Bono PEPE II: pago extraordinario y temporal, de Bs 250 cada dos meses entre noviembre de 2026 y abril de 2027, para grupos específicos. Lo detallamos en quiénes cobran el bono PEPE II.
- Gastos funerales: un pago único previsto en la misma Ley 3791 para el fallecimiento de un beneficiario.
Son programas separados, con reglas separadas. Cobrar uno no excluye automáticamente al otro, y tampoco los suma nadie en un solo depósito.
Qué revisar si cobras o si cobra un familiar
- Que el carnet de identidad esté vigente. Es la causa número uno de pagos trabados.
- Que el monto que llega corresponda al grupo correcto: Bs 500 sin jubilación, Bs 300 con jubilación.
- Si hay problemas de movilidad, solicitar el pago a domicilio en lugar de perder el mes.
- Desconfiar de cualquiera que ofrezca “gestionar” el cobro por una comisión. El trámite es directo y gratuito.
Los montos y requisitos los verificamos el 20 de septiembre de 2026 contra la normativa vigente y lo informado por la Gestora Pública. Si el Gobierno vuelve a ajustar el monto, actualizaremos esta nota con la norma que lo disponga.
