El Impuesto sobre las Utilidades de las Empresas (IUE) es de 25% sobre la utilidad neta de un año, según el artículo 50 de la Ley 843. Lo pagan las empresas, incluidas las unipersonales, una vez al año, 120 días después del cierre de su gestión fiscal, que depende de la actividad. Las empresas con contabilidad usan el Formulario 500. Los profesionales independientes ya no pagan IUE desde 2023: ahora tributan el RC-IVA. Y lo que una empresa paga de IUE se descuenta después del Impuesto a las Transacciones de cada mes.
Quién paga el IUE
Para la Ley 843 es empresa “toda unidad económica, inclusive las de carácter unipersonal” que realice actividades industriales, comerciales, de servicios, de alquiler y otras (artículo 39 de la ley). Eso incluye a las sociedades, a las empresas unipersonales y a las empresas públicas, todas inscritas con NIT; los requisitos están en la guía de cómo sacar el NIT.
Lo que cambió para los profesionales. Hasta 2022, médicos, abogados, consultores y quienes ejercían un oficio por su cuenta pagaban IUE. La Ley 1448, de 25 de julio de 2022, los pasó al RC-IVA, y el Decreto Supremo 4850 fijó que su último IUE fue el de la gestión 2022, con cierre al 31 de diciembre de 2022 y pago hasta el 31 de enero de 2023. Desde el 1 de enero de 2023 declaran el RC-IVA en el Formulario 610, cada trimestre. Si trabajas así, la guía del consultor en línea tiene el cálculo.
Cómo se calcula
La base es la utilidad neta imponible: los ingresos menos los gastos necesarios para obtenerlos y mantener la fuente, con los límites del reglamento (Decreto Supremo 24051). Sobre esa utilidad se aplica el 25%.
Ejemplo. Una empresa comercial de Santa Cruz cierra la gestión 2026 al 31 de diciembre:
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Ingresos de la gestión | Bs 1.800.000 |
| Costos y gastos deducibles | Bs 1.560.000 |
| Utilidad neta imponible | Bs 240.000 |
| IUE (25%) | Bs 60.000 |
| Plazo de pago | 30 de abril de 2027 |
Para que un gasto sea deducible tiene que estar respaldado con una factura válida (cómo comprobarlo está en la guía para verificar una factura) o con la retención que corresponda. Si una compra fue de Bs 50.000 o más, además tiene que estar pagada por el sistema financiero: es la bancarización.
Cierres de gestión y vencimientos
El artículo 39 del Decreto Supremo 24051 fija el cierre según la actividad. La declaración y el pago vencen a los 120 días:
| Cierre | Actividades | Vencimiento habitual |
|---|---|---|
| 31 de marzo | Industriales y petroleras | 29 de julio |
| 30 de junio | Gomeras, castañeras, agrícolas, ganaderas y agroindustriales | 28 de octubre |
| 30 de septiembre | Mineras | 28 de enero |
| 31 de diciembre | Bancos, seguros, comercio, servicios y las demás | 30 de abril |
En 2026 hubo dos prórrogas. La RND 102600000027 movió el vencimiento del cierre a marzo hasta el 31 de agosto de 2026, después de los bloqueos de mayo y junio. Y la RND 102600000043, de 28 de octubre de 2026, amplió el del cierre a junio hasta el 30 de noviembre de 2026, con el envío de estados financieros, memoria anual y estudio de precios de transferencia (Formulario 605).
Formularios del IUE
Según el listado de obligaciones del SIN:
- Formulario 500: contribuyentes obligados a llevar registros contables. Va acompañado de los estados financieros digitalizados.
- Formulario 520: contribuyentes sin registros contables.
- Formulario 501: IUE de transportistas.
- Formulario 530: retenciones de IUE a beneficiarios del exterior. Cuando se paga una renta de fuente boliviana a alguien de afuera, la ley presume que la utilidad es el 50% de lo pagado y retiene el 25% de esa mitad, es decir, 12,5% del total (artículo 51).
La declaración se presenta aunque haya pérdida o aunque todos los ingresos estén exentos (artículo 40 del reglamento).
El IUE se recupera contra el IT
El IUE pagado no se queda ahí. El artículo 77 de la Ley 843 lo convierte en pago a cuenta del Impuesto a las Transacciones de los meses siguientes, hasta agotarlo. En el ejemplo de arriba, los Bs 60.000 de IUE se descuentan del IT mensual desde mayo de 2027. Si al vencer el siguiente IUE queda saldo, se pierde.
Incentivos de 2026
El Decreto Supremo 5563, de 2 de marzo de 2026, permite de forma voluntaria depreciar en la mitad de los años de vida útil los activos fijos comprados entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026, lo que baja la utilidad imponible de esa gestión. Hay que comunicarlo al SIN por declaración jurada. No aplica a mineras ni petroleras. El mismo decreto amplía la deducción de previsiones por créditos incobrables en la gestión 2026.
Las alícuotas, cierres y plazos de esta guía los verificamos el 3 de noviembre de 2026 en el texto ordenado de la Ley 843 que publica el SIN y en las resoluciones de 2026. Cada empresa tiene su propio cierre y obligaciones: el detalle figura en tu registro del Registro Nacional de Contribuyentes (RNC).
