Con el salario mínimo de 2026, de Bs 3.300, el sueldo líquido es de Bs 2.880,57: se descuenta el 12,71% de aportes a la Gestora y no hay RC-IVA. El impuesto solo aparece cuando lo que queda después de los aportes pasa de tres salarios mínimos, es decir Bs 9.900. Eso ocurre, en la práctica, con un total ganado de unos Bs 11.342 o más. Abajo, la cuenta paso a paso y dos ejemplos.
Los tres pasos, en orden
- Suma tu total ganado. Es todo lo que te pagan en el mes antes de descuentos: básico, bono de antigüedad, horas extra, comisiones y otros bonos.
- Resta tus aportes laborales. El 12,71% del total ganado, y el Aporte Nacional Solidario si ganas más de Bs 13.000.
- Calcula el RC-IVA sobre lo que queda, si corresponde, y réstalo.
El resultado es tu líquido pagable, lo que llega a tu cuenta o a tu mano.
Paso 2: el 12,71%
Es la suma de cuatro descuentos que fija la tabla del Decreto Supremo 5280 para los dependientes:
| Descuento | % |
|---|---|
| Cotización a tu cuenta personal | 10% |
| Prima por riesgo común | 1,71% |
| Comisión de la Gestora | 0,5% |
| Aporte solidario del asegurado | 0,5% |
| Total | 12,71% |
Lo que pone tu empleador por su cuenta (salud, vivienda, riesgo profesional y aporte patronal solidario) no sale de tu sueldo. La tabla de ambos lados está en la guía de aportes laborales y patronales.
Si tu total ganado pasa de Bs 13.000, se suma el Aporte Nacional Solidario: 1,15% de lo que pasa de Bs 13.000, más 5,74% de lo que pasa de Bs 25.000, más 11,48% de lo que pasa de Bs 35.000, según la Ley 1582.
Paso 3: cuándo hay RC-IVA
El esquema del Decreto Supremo 21531, con el cambio del Decreto Supremo 5383 de mayo de 2025, funciona así:
- A lo que queda después de los aportes le restas dos salarios mínimos (Bs 6.600), que no pagan.
- Al resto le aplicas el 13%.
- A ese 13% le restas el 13% de un salario mínimo (Bs 429), una compensación automática.
- Si sale algo, es lo que te retienen, salvo que presentes facturas en el Formulario 110.
La cuenta da cero mientras lo que queda después de los aportes no pase de Bs 9.900. Cómo se usan las facturas para bajar o anular la retención está en la guía del RC-IVA y el Formulario 110.
Ejemplo 1: salario mínimo de Bs 3.300
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Total ganado | Bs 3.300 |
| Aportes laborales (12,71%) | − Bs 419,43 |
| Queda después de aportes | Bs 2.880,57 |
| RC-IVA (Bs 2.880,57 no pasa de Bs 6.600) | Bs 0 |
| Líquido pagable | Bs 2.880,57 |
Si además cobras bono de antigüedad, súmalo al total ganado antes de calcular el 12,71%: también aporta.
Ejemplo 2: total ganado de Bs 12.000
| Concepto | Monto |
|---|---|
| Total ganado | Bs 12.000 |
| Aportes laborales (12,71%) | − Bs 1.525,20 |
| Aporte Nacional Solidario (no pasa de Bs 13.000) | Bs 0 |
| Queda después de aportes | Bs 10.474,80 |
| Menos dos salarios mínimos | − Bs 6.600 |
| Base del RC-IVA | Bs 3.874,80 |
| 13% de la base | Bs 503,72 |
| Menos 13% de un salario mínimo | − Bs 429 |
| RC-IVA a retener sin facturas | Bs 74,72 |
| Líquido pagable | Bs 10.400,08 |
Para cubrir esos Bs 74,72 con facturas en el Formulario 110 necesitarías compras facturadas a tu carnet por unos Bs 575, porque cada factura vale como crédito el 13% de su monto.
Lo que no entra en la cuenta mensual
- El aguinaldo no paga RC-IVA: el artículo 1 del Decreto Supremo 21531 lo excluye del impuesto, igual que las indemnizaciones y desahucios y los subsidios de enfermedad del Código de Seguridad Social.
- Otros descuentos que pueden aparecer en tu boleta (anticipos, préstamos del empleador, retenciones judiciales, cuotas sindicales) dependen de tu caso y no son impuestos.
- La CNS no te descuenta nada: el 10% de salud lo paga el empleador.
Las cifras de esta guía usan el salario mínimo de Bs 3.300 vigente desde el 1 de enero de 2026 y las normas consultadas el 3 de noviembre de 2026. Son ejemplos ilustrativos: tu líquido real depende de lo que figure en tu planilla.
